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lunes, 23 de febrero de 2015

DENUNCIA: Contra los responsables del Ayuntamiento de Solsona (Lérida), así como contra los autores de la pancarta y vídeo con el título “Ven a matar a españoles”

AL FISCAL JEFE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA
Passeig de Lluis Companys,14
08018- Barcelona

El Colectivo de Funcionarios Públicos Manos Limpias y en su nombre y representación, su Secretario General don Miguel Bernad Remón, con D.N.I. Núm. 12.135.624-L y con domicilio en la C/ Ferraz, Nº 13 de Madrid-28008, por el presente escrito, al amparo del art. 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que prescribe:
“Los que por razón de su cargo, tuvieran noticia de algún delito público estarán obligados a denunciarlo inmediatamente al Ministerio Fiscal, al Tribunal competente, al Juez de Instrucción”.
Formula,
DENUNCIA
Contra los responsables del Ayuntamiento de Solsona (Lérida), así como contra los autores de la pancarta y video con el título “Ven a matar a españoles” , con motivo del anuncio del referido carnaval en Solsona, por delito contra los derechos fundamentales y libertades públicas ( xenofobia, incitación al odio y violencia) y ultrajes a España y sus Instituciones, así como delito de amenazas.
La presente denuncia se basa en los siguientes,
HECHOS
PRIMERO: Con motivo de los Carnavales en el mes de Febrero d e2015, el Ayuntamiento de Solsona (Lérida), para promocionar sus Carnavales, aprueba un cartel xenófobo, lleno de odio y violencia, con insultos además a las Instituciones de España y con la imagen de una persona empuñando una pistola con el lema “Ven a matar a españoles”.
SEGUNDO: El cartel o pancarta es lo suficientemente significativo para crear un clima de una parte del independentismo catalán y de otra , de odio a España, a los españoles y a sus Instituciones.
TERCERO: Al cartel o pancarta, se le une un video que ha sido tuiteado masivamente. 
EL DERECHO A LA LIBERTA DE EXPRESIÓN TIENE SUS LÍMITES
Es evidente la protección del derecho a la libertad de expresión en nuestro Texto Constitucional, pero también es evidente el derecho al honor de España, de los españoles y de sus Instituciones.
En el derecho a la libertad de expresión, no todo debe valer, pues hechos delictivos quedarían impunes. En la colisión entre el derecho a la libertad de expresión y el derecho al honor de los españoles, de España y de sus Instituciones, prevalece obviamente el interés general y la dignidad del pueblo español.
No es válido ampararse en las chirigotas de los Carnavales para insultar a España, a los españoles, para fomentar el odio, para fomentar la xenofobia y para incitar a matar a españoles.
Los hechos relatados, a juicio del Sindicato, son constitutivos de varios,
ILICITOS PENALES
A tenor de lo prescrito en el artículo 510 del Código Penal, se ha producido un delito relativo al ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas:
- XENOFOBIA: 
- INCITACION AL ODIO: 
- VIOLENCIA.
A tenor de lo preceptuado en el artículo 543 del Código Penal, se ha producido un delito de :
- ULTRAJES A ESPAÑA
A tenor de lo preceptuado en el artículo 169 del Código Penal, se ha producido un delito de :
- AMENAZAS.
En su virtud,
SOLICITO de esa Fiscalía,
Admita la presente denuncia y se actúe conforme a derecho corresponda.
Es justicia que pido en Madrid, a 23 de Febrero de 2015.

EL SECRETARIO GENERAL DEL SINDICATO MANOS LIMPIAS
MIGUEL BERNAD REMÓN

OTROSÍ DIGO: Que se adjunta fotografía del cartel y referencia del video de propaganda , con una amplia difusión en las redes sociales.

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