Manos Limpias denuncia ante la Fiscalía General del Estado a los organizadores del Festival Rototom de Benicassim.
Manos
Limpias denuncia ante la Fiscalía General del Estado a los
organizadores del Festival Rototom de Benicassim, por delito de
coacciones y contra las libertades fundamentales contra el cantante .
Manos
Limpias ha formulado ante el Fiscal General del Estado denuncia por
delito de coacciones y contra las libertades fundamentales, efectuadas
por los responsables del Festival Rototam de Benicassim, al coaccionar
al cantante MATISYAHU para que se pronunciara públicamente a condenar al
Estado de Israel.
Manos Limpias denuncia asimismo, como cooperador necesario,
de los delitos reseñados a la organización BDS (Boicot, Desinversiones y Sanciones a Israel).
Se
trata de unos delitos que deben ser perseguidos de oficio y que el
referente a la violación de derechos fundamentales atenta a nuestra
estructura democrática y Estado de Derecho.
FISCALIA GENERAL DEL ESTADO
C/ Fortuny 4
28071 – Madrid
El
Colectivo de Funcionarios Públicos Manos Limpias y en su nombre y
representación, su Secretario General don Miguel Bernad Remón, con
D.N.I. Núm. 12.135.624-L y con domicilio en la C/ Ferraz, Nº 13 de
Madrid-28008 por el presente escrito, al amparo del art. 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que prescribe:
Los
que por razón de su cargo, tuvieran noticia de algún delito público
estarán obligados a denunciarlo inmediatamente al Ministerio Fiscal, al
Tribunal competente, al Juez de Instrucción”.
Formula,
DENUNCIA
Denuncia
contra los responsables del Festival Rototom Sunsplash de Benicassim
/(Castellón), a celebrar el 22 de agosto de 2015 por delitos de coacciones, contra derechos fundamentales, y por discriminación.
Asimismo, contra la organización BDS (Boicot, Desinversiones y Sanciones) a Israel, como cooperador necesario en los delitos de los responsables del festival antedicho.
RELACION CIRCUNSTANCIADA DE HECHOS
PRIMERO:
Los responsables del Festival Rototom Sunsplash de Benicassim, a
celebrar el día 22 de agosto de 2015, cancelan la intervención del
cantante judío estadounidense, MATIS YAHU.
SEGUNDO:
Las causas o motivos de la cancelación, inciden en un ilícito penal de
los artículos 172 del Código Penal y de los artículos 510 y 512 del
Código Penal.
TERCERO:
El propio cantante judío ha manifestado y declarado públicamente en su
página de Facebook, y además ha tenido una repercusión en los medios de
comunicación, que:
a) “Que
los organizadores del concierto intentaron coaccionarme para que
hiciera declaraciones políticas sobre el conflicto Israel-Palestina”
b) Que
los organizadores del concierto me pidieron una carta o vídeo para
calmar a la organización BDS, que exigía mi declaración política
ESCANDALO Y ALARMA NACIONAL E INTERNACIONAL
La
noticia de cancelación del referido concierto, vetando derechos
fundamentales del cantante MATIS YAHU supone además una serie de
ilícitos penales.
Un
desprestigio no sólo a nivel nacional sino también internacional, que
en un país democrático se produzcan actuaciones de este tenor que
afectan a todos los españoles y de nuestra imagen de régimen democrático
quedan entredicho al no respetarse derechos fundamentales.
Estos hechos constituyen un
ILICITO PENAL
1. Delito de coacciones: artículo 172 del Código Penal
2. Delito al ejercicio de derechos fundamentales y libertades públicas: artículos 510 y 512.
AGRAVANTE
A tenor de lo preceptuado en el artículo 24 (4 del Código Penal), se ha producido el agravante, de cometer el delito “por motivos racistas, antisemitas u otra clase de discriminación referente a la idiología…”.
Es justicia que pido en Madrid a 19 de agosto de 2015.
EL SECRETARIO GENERAL DEL SINDICATO
MIGUEL BERNAD REMON
OTROS IDIGO:
Que entre otras diligencias de prueba, se practique la página de Facebook del mencionado cantante.
Es justicia que reitero.
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